// Quiénes somos
Con el objetivo de garantizar la transparencia de su actividad, tal y como marca la Ley 19/2013, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno evap/BPW Valencia facilita al público interesado el acceso a la información de su actividad pública.
A continuación pueden consultarse las normas que regulan el funcionamiento de evap/BPW Valencia, los principios que rigen su intervención y el conjunto de actividades desarrolladas desde la organización durante el último año.
La Asamblea General está constituida por todas las afiliadas que hayan satisfecho las cuotas establecidas reglamentariamente. La Asamblea General, válidamente constituida, es el Órgano supremo de la Asociación y sus acuerdos adaptados con arreglo a estos Estatutos, son obligatorios para todas sus afiliadas.
A continuación puedes encontrar la documentación relativa a la Asamblea General ordinaria que tendrá lugar el 18 de abril de 2024 en la sede de CEV (C/ Hernán Cortés, 4):
La Asociación será gestionada y representada por una Junta Directiva formada por una Presidenta, y una o varias Vicepresidentas, una Secretaria General, una Tesorera y las vocales elegidas y revocadas por la Asamblea General, mediante sufragio libre y secreto y su mandato tendrá una duración de tres años. La Asamblea General podrá autorizar a la Junta Directiva a ampliar su número para cada período electoral, así como para cubrir las vacantes que en ese período se produzcan.
La Junta Directiva de evap/BPW Valencia está formada por:
La Presidenta de la Asociación será elegida y revocada en su mandato por la Asamblea General y presidirá esta y la Junta Directiva. Su elección se realizará mediante sufragio libre y secreto.
La Presidenta, vicepresidentas y las integrantes de la Junta Directiva de evap/BPW Valencia no perciben remuneración alguna por su cargo. Las únicas personas con cargo remunerado son la Coordinadora General de la asociación y la encargada de la comunicación de la asociación.
Según el código ético de evap/BPW Valencia, en el supuesto de que una asociada tenga conocimiento o indicio razonable de actuaciones contrarias a lo previsto en este Código, podrá comunicar el incumplimiento por medio de noticifación/sugerencia o denuncia escrita a través del canal habilitado al efecto. El correo electrónico al que puedan dirigirse será el siguiente codigoetico@evap.es
El canal ético es un canal confidencial. La gestión del canal ético corresponde a la Comisión de Seguimiento.
La identidad de la persona que notifica, sugiere o denuncia tendrá la consideración de información confidencial.